FESTIVOS
El trabajador tiene derecho a un número de días laborales festivos no superior a 14 al año de los que 2 corresponderan a festividades locales fijadas por los ayuntamientos. Respecto a las fiestas autonomicas, las comunidades autonomas pueden fijar aquellas que por tradición les sean propias.
- 25 de diciembre, Navidad
- 1 de enero,Año Nuevo
- 1 de mayo, Fiesta del trabajo
- 12 de octubre, Fiesta nacional de España Las comunidades autonomas pueden fijar sus propios festivos autonomicos, en días festivos nacionales diferentes de los citados o en aquellas fiestas nacionales que se trasladen a lunes.

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