lunes, 23 de febrero de 2015

La reducción de la jornada

Los trabajadores en atención a sus circunstancias personales o familiares tienen derecho a solicitar una reducción de su jornada laboral en los siguientes supuestos:
  1. Lactancia de un menor de 9 meses: la mujer tendrá derecho hasta que el hijo cumpla los 9 meses de edad a reducir su jornada hasta en media hora.
  2. Guarda legal: reducción de jornada y salario entre un octavo y la mitad de la jornada teniendo en cuidado a:
          - Un menor de 8 años.
          - Una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida-
          - Un familiar de hasta 2º grado que por razones de edad, accidente o enfermedad no puede valerse por sí mismo y no desempeñe una actividad retribuida.


     3. Hospitalización de recién nacidos: si tras el parto el bebé tuviera que permanecer hospitalizado, el padre o la madre tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo de 1 a 2 horas, con disminución del salario.
     4. Violencia de género: la trabajadora víctima de violencia de género tiene derecho, para su protección o para recibir asistencia social, a la reducción de jornada con merma proporcional del salario.
    5. Por regulación de empleo: es posible reducir su jornada y salario entre un 10% y un 70%, cuando el empresario haya sido autorizado a iniciar un procedimiento de regulación de empleo.


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